Jue. Mar 28th, 2024
Oficina de Empleo prioridad para el colectivo LGTBI

Prioridad para el colectivo LGTBI en el SEPE

El proyecto de Ley de Empleo, que se está tramitando en el Congreso, recoge prioridades a ciertos colectivos en las políticas de empleo. Entre estos, están las personas lesbianas, gais, transexuales, bisexuales e intersexuales, aglutinados en el colectivo LGTBI.

Prioridad laboral para los LGTBI

Sin embargo, tal y como está la legislación a día de hoy, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) no podría aplicar este privilegio de manera activa a no ser que una persona LGTBI le informe de su condición sexual por su propia voluntad e iniciativa.

Esto es debido a que el SEPE, no puede preguntar de manera activa y directa sobre la orientación sexual. Aun que sea, con la futura ley en la mano, una forma de aplicar privilegios a estos perfiles, a la hora de la búsqueda de empleo.

La lógica que se aplica aquí es similar a la de las entrevistas de trabajo. Las empresas no pueden preguntar que puedan incurrir en decisiones discriminatorias en la selección de personal.

Protegida por la Constitución Española

Se trata de una cuestión que está protegida por la Constitución Española en su artículo 14: «Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social».

De ahí que los servicios del SEPE, no puedan preguntar a un usuario de los por su orientación sexual para poder aplicar este privilegio. Tendrán que informar al respecto las propias personas LGTBI.

El proyecto de Ley de Empleo recoge que <<reglamentariamente se podrá adaptar la relación de colectivos vulnerables de atención prioritaria a la realidad socio-laboral de cada momento y se concretará, cuando sea preciso, la forma de identificar la pertenencia a tales colectivos>>.

El SEPE no puede preguntar la orientación sexual del trabajador

El SEPE recuerda que tendrán que actuar de acuerdo con la legislación vigente, que les impide consultar a los usuarios sobre su orientación sexual. Pero, añaden, se adaptarán a cualquier cambio futuro en ella, si se lleva a cabo.

Prioridad para el colectivo LGTBI en el SEPE: La discriminación positiva de ciertos colectivos

Nosotros, nos preguntamos respecto a esta nueva ley, ¿pertenecer a estos colectivos es como tener una minusvalía? ¿Qué le parece esto al Ministerio de Igualdad? ¿O en estos casos estas personas no son iguales a las demás?

Haz Hispania está cansada de estas políticas de discriminación positiva, que estos personajes que están en el poder aplican a ciertos colectivos, como vemos en esta ley, o a los inmigrantes, que colman de privilegios ante las familias españolas.

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